LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SANCIONÓ EL PLAN URBANO AMBIENTAL

 

La Legislatura porteña sancionó a finales del año pasado en segunda lectura el Plan Urbano Ambiental de la Ciudad (PUA), una ley marco con los grandes lineamientos urbanísticos a los que la Capital deberá orientar su crecimiento. En tal sentido, el art. 28 de la Constitución porteña, establece que el PUA tiene como objetivo constituirse en la ley marco a la que se ajustará el resto de la normativa urbanística y las obras públicas de la Ciudad.

No obstante lo anterior, de una lectura al texto de referencia se puede observar que el mismo se parece más a una expresión de buenos deseos respecto de cómo debería ser una ciudad ideal en lo urbano-ambiental, siendo difícil imaginar su aplicación efectiva a la realidad.

Asimismo, se han detectado varios errores en su texto, tal como la mención a espacios verdes situados fuera del territorio porteño -Bosques de Ezeiza, Parque Pereyra Iraola-.

En los próximos números, profundizaremos su análisis con la participación de especialistas en el tema, mientras tanto se puede consultar el texto integro en la presente edición en la viñeta “Novedades Legislativas”.

Lisandro Dellazuana

 
   
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