DEPREDACIÓN PESQUERA

“Wernke, Adolfo G. y otro c. Ministerio de Asuntos Agrarios y Producción de la Provincia de Buenos Aires” Corte Suprema de Justicia, 14 de Octubre de 2008

La Cámara Federal de Aplicaciones de Bahía Blanca, sala III, revocó la sentencia de primera instancia y, en consecuencia, hizo lugar al amparo que dedujeron los actores contra el Ministerio de Asuntos Agrarios y Producción de la Provincia de Buenos Aires, declaró inaplicable la Ley Provincial N° 13.366 y ordenó suspender la actividad de pesca artesanal y el otorgamiento de permisos de pesca en la Reserva Natural Bahía San Blas.

Apelado el decisorio a través del recurso extraordinario federal, la Procuradora General de la Nación confirma lo decidido por el inferior, en cuanto a la aplicación al caso del principio precautorio consagrado en la Ley General del Ambiente N° 25.675, en virtud de que considera que en base a los informes técnicos existentes en la causa, está probada la degradación ambiental en la zona objeto del amparo, aún ante la falta de evidencias de que aquella se produzca por efecto de la pesca artesanal.

Sin perjuicio de ello, el máximo tribunal consideró mal otorgado el recurso extraordinario federal, por no darse uno de los requisitos indispensables para su aceptación cual es la resolución contraria al derecho federal invocada.

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Lisandro Dellazuana

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