COMENTARIO Y RESEÑA DE FALLOS

Daño Ambiental en la Provincia de Buenos Aires II

“Fundación Ecosur c. Municipalidad de Vicente Lopez y otros s/Amparo” , Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo, San Martín, 25 de julio de 2008.

El Tribunal de Trabajo de San Isidro N° 1 hizo lugar a la acción de amparo interpuesta por la Fundación Ecosur contra la Provincia de Buenos Aires, la Municipalidad de Vicente López y la firma Diacrom S.A por la contaminación producida por la actividad industrial desarrollada por esta última en la localidad de Vicente López, Provincia de Buenos Aires.

La decisión es apelada por la partes. La actora, en lo sustancial, se agravia porque no se condenó al Municipio de Vicente López. Por su parte, la Provincia de Buenos Aires se agravia, en lo sustancial, porque considera que no se encuentra acreditada su responsabilidad, mientras que la firma Diacrom S.A apela el decisorio, al considerar que de acuerdo a la parte resolutiva de la sentencia de primera instancia, la acción intentada prosperó únicamente contra la Provincia.

La cámara, previo a emitir su pronunciamiento, hace un extenso repaso de los historia de la empresa, en donde se da cuenta de numerosas actuaciones administrativas -multas y clausuras- por la contaminación originada por el vertido de cromo a las napas de agua. De esta forma, considera que la responsabilidad de la empresa se encuentra más que acreditada.

Respecto a la responsabilidad del municipio, la cámara confirma lo establecido en primera instancia, rechazando de esa forma el agravio del amparista, y ello porque considera que las normas ambientales provinciales pusieron en cabeza del estado provincial, y no en el municipio, la responsabilidad de velar por la protección del ambiente en el territorio bonaerense.

Por lo anterior, confirma en general la sentencia de primera instancia, ordenando a la Provincia de Buenos Aires a presentar un plan de recomposición del daño ambiental en un plazo que no exceda los 180 días, y a implementar un sistema de información al público que brinde datos concretos acerca de los avances de la recomposición del daño ambiental. Asimismo, condena a la empresa Diacrom  S.A a que se haga cargo de los costos del programa de recomposición ambiental.

Cualquier consulta sobre el texto del fallo se puede contactar al info@estudiowalsh.com.ar.

Lisandro Dellazuana


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