APROBACIÓN DE LA LEY AGRÍCOLA NORTEAMERICANA

 

A fines de mayo, el Congreso Norteamericano aprobó la Farm Bill de 2007, con una demora de varios meses. Las Farm Bills son normas marco que regulan por un período de cinco años los esquemas de protección e incentivos que rigen a la política agrícola norteamericana. A su vencimiento deben ser renovadas o reautorizadas. La norma que regía hasta su vencimiento en 2007, fue la “Farm Security and Rural Invesment Act” de 2002, mientras que la nueva, la “Food Conservation and Energy Act” de 2008 representa la continuidad de muchos de los programas de desarrollo introducidos en la norma anterior, como en el caso de los incentivos al bioetanol.

La norma fue vetada por la Administración Bush, descontándose sin embrago la insistencia exitosa por parte del Congreso, dado el nivel de apoyo que ha tenido la propuesta legislativa por ambas cámaras del Congreso norteamericano y más allá de las diferencias partidarias. La norma reitera muchos de los rasgos largamente criticados por los observadores imparciales de la política agrícola norteamericana, por el nivel de subsidios que contempla para algunos sectores, como el azucarero o cítrico, difíciles de justificar siquiera en términos de equidad social, y mucho menos desde la óptica de la política comercial internacional.

En los hechos, Brasil se encuentra estudiando la conveniencia y oportunidad de presentar un reclamo formal ante la OMC en contra de las barreras pararancelarias impuestas a la importación de etanol, diseñadas para la protección de la producción norteamericana.

En tiempos en los cuales se plantea un escenario global preocupante por el incremento de los precios de los alimentos en el mundo, la política agrícola norteamericna parece estancarse en remedios proteccionistas que, lejos de beneficiar a los pequeños agricultores, constituyen una enorme y costosa transferencia de ingresos a sectores con fuerte capacidad de lobby, perjudicando además la posibilidad de un comercio internacional más justo y menos distorsivo. 

Juan Rodrigo Walsh

 

 
   
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